Datos fiscales · Referencia
Códigos de actividad: CNAE-2025 e IAE
Qué clasificación pide cada organismo, las tres secciones del IAE y su efecto sobre la retención de IRPF en factura, la exención del impuesto por cifra de negocio y la entrada en vigor de la CNAE-2025.
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Últimas novedades
- Publicada la ficha de códigos de actividad, con los catálogos oficiales completos de CNAE-2025 (RD 10/2025, INE) y de epígrafes del IAE (RD Legislativo 1175/1990, texto consolidado) consultables desde el buscador enlazado.
Qué clasificación usa cada organismo
CNAE e IAE no son lo mismo ni son intercambiables. Quien se da de alta como autónomo o constituye una sociedad acaba declarando las dos, ante organismos distintos y con finalidades distintas:
| Clasificación | Organismo | Finalidad | Dónde se declara |
|---|---|---|---|
| CNAE-2025 | INE | Finalidad estadística | Se comunica a la Seguridad Social en el alta (y consta en registros mercantiles y estadísticos). No determina ningún impuesto. |
| Epígrafe del IAE | AEAT | Finalidad tributaria | Se declara en el alta censal, modelo 036 o 037. De él dependen las obligaciones fiscales de la actividad, empezando por la retención de IRPF. |
Confundirlos es el error más común al darse de alta: el código CNAE no sirve para rellenar el modelo 036, ni el epígrafe del IAE para el alta en la Seguridad Social.
Buscar un código concreto
Esta ficha recoge los datos citables, no el catálogo: son varios miles de epígrafes del IAE y de códigos CNAE-2025, que no se consultan de un vistazo. Para localizar el tuyo por palabra clave o por código, usa el buscador de los catálogos oficiales completos.
Las tres secciones del IAE y la retención de IRPF
Las Tarifas del IAE se dividen en tres secciones. La sección en la que cae el epígrafe elegido decide si las facturas emitidas a empresas y a otros profesionales llevan retención de IRPF:
| Sección | ¿Retención? | Quiénes se dan de alta | Efecto en la factura |
|---|---|---|---|
| Sección 1ª — Actividades empresariales | No | Ganadería independiente, minería, industria, comercio y servicios organizados con medios materiales o personal. Es la sección de comercios, talleres, bares, obras y de buena parte de los servicios. | Las facturas de una actividad empresarial, con carácter general, no llevan retención de IRPF. |
| Sección 2ª — Actividades profesionales | Sí | Ejercicio individual de una profesión: abogacía, arquitectura, ingeniería, medicina, traducción, consultoría, diseño y demás profesiones ejercidas por cuenta propia. | Las facturas a empresas y a otros profesionales llevan retención de IRPF: 15 % con carácter general y 7 % durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes. |
| Sección 3ª — Actividades artísticas | Sí | Cine, teatro, circo, música, danza, deporte y espectáculos taurinos ejercidos por cuenta propia. | Tratamiento análogo al profesional: las facturas a empresas y a otros profesionales llevan retención de IRPF. |
El tipo reducido del 7% durante el año de alta y los dos siguientes es opcional: el profesional puede renunciar a él y retener directamente el 15%. La retención no es un coste añadido, sino un pago a cuenta del IRPF del propio profesional.
Exención del IAE por cifra de negocio
Están exentos del pago del IAE los sujetos pasivos con una cifra neta de negocio inferior a un millón de euros, además de las personas físicas cualquiera que sea su cifra de negocio y quienes inicien su actividad durante los dos primeros períodos impositivos.
| Supuesto | Alcance |
|---|---|
| Cifra neta de negocio | Exentos por debajo de 1.000.000 € |
| Personas físicas | Exentas siempre, cualquiera que sea su cifra de negocio. |
| Inicio de actividad | Exentos los dos primeros períodos impositivos de la actividad. |
El matiz que más se pasa por alto: Estar exento del pago no exime de declarar el epígrafe en el alta censal (modelo 036/037). La exención alcanza a la cuota, no a la obligación censal. Base normativa: Art. 82.1.c) RDL 2/2004 (Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
Vigencia: de la CNAE-2009 a la CNAE-2025
| Clasificación | Norma | Situación |
|---|---|---|
| CNAE-2025 | RD 10/2025, de 14 de enero | Vigente. Operativa desde el 1/1/2026. |
| CNAE-2009 | RD 475/2007, de 13 de abril | Sustituida tras dieciséis años de vigencia. |
La CNAE-2025 sustituye a la CNAE-2009. El INE publica la tabla oficial de correspondencia entre ambas, incorporada al catálogo. Un código CNAE-2009 anotado en un trámite anterior no queda sin valor: se traduce a su equivalente en la CNAE-2025 mediante esa tabla, publicada por el INE.
No existe una equivalencia oficial CNAE ⇄ IAE
Conviene decirlo con claridad porque condiciona cualquier herramienta que trabaje con estos códigos: no hay tabla oficial que traduzca un código CNAE a un epígrafe del IAE, ni al revés. Son clasificaciones de dos organismos distintos —INE y AEAT— construidas con finalidades distintas, estadística una y tributaria la otra, y sus criterios de agrupación no coinciden.
Toda conversión automática entre ambas aplica, por tanto, un criterio de aproximación: es una sugerencia razonable, no un dato oficial, y la elección definitiva del epígrafe corresponde a quien firma el modelo 036 —conviene contrastarla con la AEAT o con un asesor, porque equivocarse tiene consecuencias fiscales.
Sí es oficial, en cambio, la correspondencia entre versiones de la CNAE (CNAE-2009 → CNAE-2025), publicada por el INE. Esa conversión es un dato; la otra, un criterio.
Cómo citar esta página
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«Códigos de actividad: CNAE-2025 y epígrafes del IAE», Delegum (meskeIA). Fuentes: Clasificación Nacional de Actividades Económicas CNAE-2025 — RD 10/2025; Tarifas e Instrucción del IAE — RD Legislativo 1175/1990 (texto consolidado). Verificado el 20/7/2026. https://delegum.com/datos-fiscales/cnae-iae/
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