Datos fiscales · Referencia
Prestaciones por dependencia (SAAD)
Los grados de dependencia, las cuantías de las prestaciones económicas del SAAD por grado, la cotización del cuidador no profesional y las deducciones por discapacidad en el IRPF.
Información Importante sobre Herramientas Financieras
Esta herramienta tiene carácter exclusivamente orientativo y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni jurídico. Los resultados son estimaciones basadas en los datos introducidos y pueden no reflejar tu situación real.
La fiscalidad y las decisiones financieras de alto impacto requieren la intervención de un profesional cualificado (asesor fiscal, gestor, abogado o entidad financiera regulada).
TÚ ERES RESPONSABLE de verificar esta información con un profesional antes de tomar cualquier decisión. meskeIA no ejerce actividades reguladas y no se responsabiliza de las consecuencias derivadas del uso de esta herramienta.
Últimas novedades
- Desde el 23/10/2026 la prestación económica para cuidados en el entorno familiar ya no tiene el plazo suspensivo de hasta dos años: el derecho se genera, como en las demás prestaciones, desde la resolución o a los seis meses de la solicitud sin resolución (disposición final 1.ª.3 de la Ley 39/2006, en la redacción del art. 2.48 de la Ley 4/2026, BOE-A-2026-20528).
- Cuantías máximas corregidas a las del anexo IV vigente, efectivas desde el 01/08/2023: vinculada al servicio 313,50 / 445,30 / 747,25 €, cuidados en el entorno familiar 180,00 / 315,90 / 455,40 € y asistencia personal 313,50 / 747,25 / 747,25 € (grados I / II / III). La asistencia personal se reconoce en cualquier grado, y no solo en el III. La tabla traía cifras anteriores a esa redacción (anexo IV del RD 1051/2013, en la redacción del RD 675/2023, BOE-A-2023-16651; art. 19 de la Ley 39/2006).
- Creado el Grado III+ de dependencia extrema, con un nivel mínimo de protección garantizado de 4.930 €/mes —frente a 90/260/660 € de los Grados I-III— desde el 1 de julio de 2026. Las cuantías de las prestaciones directas al beneficiario (PEVS/PECEF/PAP) no varían (RDL 17/2026, BOE-A-2026-13643).
Grados de dependencia
El grado se determina con el baremo de valoración de la dependencia (BVD). De él dependen los servicios y las prestaciones a las que se tiene acceso.
| Grado | Descripción | Puntuación BVD |
|---|---|---|
| Grado I — Dependencia Moderada | Necesita ayuda para realizar varias ABVD al menos una vez al día o apoyo intermitente | 25–49 |
| Grado II — Dependencia Severa | Necesita ayuda 2-3 veces al día para varias ABVD sin presencia permanente de cuidador | 50–74 |
| Grado III — Gran Dependencia | Necesita ayuda varias veces al día y presencia/supervisión continua de otra persona | 75–100 |
Prestaciones económicas SAAD (cuantías máximas)
Cuantías máximas estatales por mes. El copago, según la capacidad económica del beneficiario, puede reducirlas, y algunas comunidades autónomas las complementan.
| Prestación | Tipo | Cuantía máxima/mes |
|---|---|---|
| Vinculada a servicio (Grado I) | PEVS | 313,50 € |
| Cuidados entorno familiar (Grado I) | PECEF | 180,00 € |
| Asistencia personal (Grado I) | PAP | 313,50 € |
| Vinculada a servicio (Grado II) | PEVS | 445,30 € |
| Cuidados entorno familiar (Grado II) | PECEF | 315,90 € |
| Asistencia personal (Grado II) | PAP | 747,25 € |
| Vinculada a servicio (Grado III) | PEVS | 747,25 € |
| Cuidados entorno familiar (Grado III) | PECEF | 455,40 € |
| Asistencia personal (Grado III) | PAP | 747,25 € |
PEVS = prestación vinculada a servicio (pago de servicio privado acreditado). PECEF = cuidados en el entorno familiar (retribuye al cuidador no profesional). PAP = asistencia personal (en cualquiera de los tres grados, art. 19 de la Ley 39/2006).
Cotización del cuidador no profesional
El cuidador familiar puede darse de alta en la Seguridad Social mediante convenio especial. Desde 2023 el Estado abona el 100% de la cuota.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Base de cotización mensual | 1381,20 € |
| Tipo de cotización | 28,30% |
| Cuota mensual aproximada | 335,19 € |
| A cargo del Estado | 100% |
El cuidador queda protegido frente a jubilación, incapacidad temporal y muerte y supervivencia, sin coste para la familia.
Deducciones de IRPF por discapacidad
El mínimo por discapacidad no reduce la base imponible: forma parte de la base liquidable general y se grava a tipo cero (art. 63.1.2.º LIRPF), de modo que se valora a los tipos bajos de la escala y no al tipo marginal de quien declara. Se acumula con el mínimo por gastos de asistencia ante cualquiera de tres supuestos alternativos: acreditar ayuda de terceras personas, acreditar movilidad reducida, o tener un grado igual o superior al 65 %, que da derecho por sí solo sin acreditar nada más.
| Concepto | Mínimo anual |
|---|---|
| Discapacidad del 33% al 64% | 3000,00 € |
| Discapacidad del 65% o más | 9000,00 € |
| Gastos de asistencia (acumulable) | 3000,00 € |
Existen mínimos equivalentes por ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo, sujetos a requisitos de renta y convivencia.
Cómo citar esta página
Puedes enlazar o citar estos datos indicando la fuente y la fecha de verificación:
«Prestaciones por dependencia (SAAD): grados y cuantías», Delegum (meskeIA). Fuente: Ley 39/2006 LAPAD + LPGE 2025 + RD 1051/2013 (anexo IV en la redacción del RD 675/2023) + Orden ISM/835/2023 + RDL 17/2026. Verificado el 14/07/2026. https://delegum.com/datos-fiscales/prestaciones-dependencia/
¿Qué prestación te corresponde según tu grado?
Estima las cuantías de las prestaciones SAAD, los servicios disponibles y el copago según tu grado de dependencia con la herramienta de meskeIA.
Fichas relacionadas
← Todas las fichas de datos fiscales · Ir a las soluciones →